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Nuevas deudas, ¿de hace cuatro años? - Ley de Propiedad Horizontal
Buenas tardes. Si estás al corriente de pago de esos años tendrás los recibos que lo acrediten y sería lo más aconsejable arreglar primero la confusión con el Administrador antes de tomar alguna medida legal contra él. Además primero yo exigiría que me aclare que cantidades adeudo y el concepto de la misma. Un saludo y suerte!