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Participaciones del usuario carlosocean - Fiscalidad

carlosocean 06/04/24 13:23
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes.  Según tu comentario el lunes debería pasar a un día o a transferencia emitida. El proceso empieza con la conformidad con la declaración y que se acepta la devolución presentada, después que quedan 4 días, 3 días, 2 días y hasta que la trasferencia está emitida. Para todos aquellos que tienen el cartel de su declaración se está tramitando a esperar toca. Un saludo! 
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carlosocean 06/04/24 12:48
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Buenas tardes.El que sea aceptada y falten dos días para que se produzca la devolución debería ser una buena noticia y la semana próxima te devolverán ese dinero que un día pagaste demás.Así que un usuario que ya ha finalizado sus trámites con la Agencia Tributaria hasta el año que viene, mientras tanto te seguirán reteniendo dinero de tus ingresos y rentas para la campaña del año que viene.Un saludo y buen finde!
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carlosocean 31/03/24 08:55
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes. Aquí están todas las casillas de la campaña de RENTA del año pasado y puede servir de referencia para confeccionar la declaración, salvo cambio en alguna de ellas. https://www.bankinter.com/blog/finanzas-personales/todas-casillas-declaracion-renta Un saludo y buen domingo! 
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carlosocean 31/03/24 08:38
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes. El hilo toma nueva vida  a partir de la semana que viene y con la campaña de RENTA 2023. Veremos esas tramitaciones y su tardanza. Esperemos que sea como indica el promedio de 15 días para su resolución. Un saludo y buen domingo!! 
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carlosocean 29/03/24 13:37
Ha respondido al tema Declaración venta de acciones
 Buenas tardes. Si son ganancias del mismo tipo es decir de FI, Bolsa y otros elementos patrimoniales cuya transmisión generan ganancias o pérdidas patrimoniales sujetas a al base del ahorro, la compensación es hasta el 100% de la minusvalía, si no existiesen otras ganancias se podría compensar en los 4 años siguientes. otra forma de compensar sería con los rendimientos del capital sujetos a la base del ahorro en este caso si sería aplicable el 25% del total para compensar minusvalías en caso de que las hubiese de ganancias/pérdidas patrimoniales, estos rendimientos serían intereses, dividendos, cupones de RF, amortización de deuda y transmisión de deuda. Un saludo! 
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carlosocean 25/12/23 17:00
Ha respondido al tema Aclaración compensación pérdidas años anteriores fondos de inversión
 Buenas noches. Ese motivo que comentas también está bien visto, no podemos asegurar nada en el mercado y aprovechar la compensación de minusvalías y quedarnos limpios para el próximo año quizás es lo mejor. Siempre he tenido la idea de no esperar al último momento para compensar este tipo de cosas pero el tiempo apremia y solo quedan ya 3 sesiones hábiles para ejecutar los últimos movimientos que se declararán en la campaña del IRPF sobre este ejercicio. Me alegra leer que tienes plusvalías de sobra para compensar, se trata de sacarle y no perder poder adquisitivo de nuestros ahorros. Feliz Navidad! 
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carlosocean 25/12/23 15:15
Ha respondido al tema Aclaración compensación pérdidas años anteriores fondos de inversión
 Buenas tardes. La regla de los dos meses solo se aplica en caso de hacer minusvalías, este no es el caso ya que en los FI que comentas harías plusvalías y los podrías comprar sin problemas. Sobre la compensación de minusvalías se puede hacer hasta el 100% siempre que sean rendimientos por ganancias / pérdidas patrimoniales sujetos a la base del ahorro, esto incluye ETFs, FI, acciones y derivados.  Si los rendimientos proceden del capital mobiliario se pueden también compensar entre sí y hasta un 25% de los mismos podrían compensar las minusvalías de la transmisión de ETFs y FI. Aquí se incluyen la remuneración de cuentas, depósitos, cupones y amortización de deuda, dividendos entre otros rendimientos de capital mobiliario.  Las minusvalías en caso de no ser compensadas en el ejercicio en el que se generaron podrían compensarse en los 4 siguientes ejercicios hasta que se compensen totalmente o finalice el plazo. Sobre la operativa que propones, haz tus cálculos y ver si prefieres declarar ahora o esperar ya que tienes 4 años. Sobre la retención que te pudieran aplicar en aquellos valores que trasmitan si quedan compensados con minusvalía tendrías derecho a devolución de esa parte declarada y luego tendrás que tener en cuenta el resto de la declaración ya que podría ser que no estuvieses obligado a declarar y por vender valores si lo estés y sería mejor aplazar esa realización de plusvalías. Feliz Navidad! 
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carlosocean 24/09/23 10:03
Ha respondido al tema Traspaso de acciones
 Buenas tardes. Hay diferencias entre acciones cotizadas en el mercado y no cotizadas. Las no cotizadas la única forma de venderse o transmitirse es mediante notario y su coste añadido. Si lo haces como donación tendrás que liquidar también ese impuesto. Si son acciones cotizadas y el importe es pequeño en mi caso preferiría venderlas en el mercado y si procede dar ese importe a la persona que queremos y que proceda a su vez a comprarlas si así lo desea. En este caso habría también que liquidar donaciones o sucesiones por el importe de dinero donado o trasmitido. También habría que liquidar esa venta o trasmisión de acciones en la campaña de RENTA correspondiente. Un saludo y buen domingo! 
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carlosocean 24/06/23 16:46
Ha respondido al tema Compensar con perdidas de años anteriores
Buenas noches.En principio no hay ningún misterio.Aparecen en los datos fiscales  al ser descargados.Al descargar los datos en la declaración esas minusvalías de los 4 años anteriores pendientes de compensar aparecen automáticamente.Es bueno hacer un visionado previo de como quedaría la declaración antes de confirmar la misma y ver lo que sale y si todo está correcto.Si no fuesen compensadas las minusvalías en su totalidad correspondientes a campañas anteriores recuerda que solo se podrán compensar durante cuatro años adicionales desde el año en que se produjeron.Por ejemplo si se producen en 2.022 podrán compensarse hasta la declaración correspondiente al ejercicio 2.026.Si ha habido dos años con minusvalías por ejemplo 2020 y 2021 primero se compensan las procedentes de ejercicios más antiguos, en este caso 2.020 y después con los demás años.Un saludo!
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carlosocean 12/06/23 04:28
Ha respondido al tema Segunda vivienda RENTA
Buenos días.El porcentaje es ese 33.33% del valor catastral que has comentado y sobre el que se produce la imputación de rentas el 1.1% si el valor se ha revisado en los últimos 10 años que suele ir sucediendo en la mayor parte de los casos.Sobre los 365 días a disposición de sus titulares también suele suceder salvo que haya estado arrendado durante una parte del año.Un saludo!
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