Aventurar una respuesta sobre lo que puede acontecer con las pensiones en los próximos 8-10 años sería -primero- imprudente por mi parte y, si me lo permite, -segundo- ingenuo que usted considerara como positiva mi respuesta... No sólo por los cambios normativos que puedan acordarse en el seno del Consejo de Ministros en varias legislaturas o por el desarrollo de las últimas actualizaciones en artículos, disposiciones y reglas de cálculo ya aprobadas en 2023 (e. g., ampliación a 27 años del período a tener en cuenta para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación), o por el desconocimiento de cómo va a evolucionar la inflación los próximos 6-8 años y su influencia en los índices de actualización, etc., sino también, y es muy importante, porque estamos al inicio de un periodo en el que se van a jubilar las personas de la generación conocida como "baby boomers" y sus efectos económicos en los Planes Generales del Estado y en la "caja" de la Seguridad Social, etc., van a requerir nuevos ingresos y medios de obtenerlos... y mejor ahí lo dejo.Intentando ser de ayuda a sus dudas y, espero, esclarecedor, le comento:¿Le interesa la base máxima?Tal vez sí al inicio, si su objetivo es "solo" alcanzar la pensión máxima, pero no necesariamente durante todo el periodo de cotización mediante convenio especial, si su objetivo es "minimizar el coste" de alcanzar la pensión máxima. Tenga en cuenta que, en los próximos años, a partir de 1/1/2026, en la fecha de hecho causante, se podrá seleccionar las bases de cotización de mayor importe de todo el período (artículo 209.1 de la Ley General de la Seguridad Social y Real Decreto-ley 2/2023).¿Puede cobrar el paro durante 24 meses?No, si la baja ha sido voluntaria... aquí se lo explican desde la web del SEPE.En el caso de prejubilarse, ¿Cómo le perjudicaría?En este enlace tiene la tabla de coeficientes reductores actuales por jubilación anticipada voluntaria... e. g., con los años cotizados actuales (37 años), si le suma 8 años de convenio especial...tendría que ir a la columna de la derecha.Como le indicaba al comienzo de esta respuesta, hay y habrá muchos factores que podrían influir a 8-10 años vista en el cálculo de la base reguladora y, en su caso, mi recomendación iría en dos direcciones:Si no lo hace ya, todos los años haga dos simulaciones, por ejemplo en enero/febrero y en junio/julio, en la web de Tu Seguridad Social, modificando a futuro las cantidades a cotizar en el convenio especial y observe como se incrementa o disminuye su pensión estimada... de esa forma puede decidir antes del 1/10/YY si incrementa o disminuye su base de cotización en el convenio especial... No olvide que TUSS solo ofrece estimaciones en las simulaciones pues ningún programa de cálculo puede conocer cuál será la inflación de 2024, 2025, 2026, etc., y el programa de TUSS, si no recuerdo mal, estima un valor del 2%.Le animo a que... ¡aprenda como se calcula la base reguladora!... y el uso de una hoja de calculo tipo MS Excel, Apache Open Office, Libre Office, etc., le será de gran ayuda. Recuerde que el calculo de la base reguladora (pensión) es una formula matemática y conocer los dos datos que influyen (base de cotización e índice de actualización)... a partir de esos dos conceptos, solo se precisa realizar una multiplicación de ambos factores a lo largo del periodo de cálculo, una suma y una división... no es tan complicado como pueda parecer "a priori" viendo la formula con sumatorios de [1:n]... las reglas básicas son muy simples realmente y "conocer" una hoja de cálculo que simule la formula no es algo que le llevaría muchos días... y, de esa forma, podrá calcular la base reguladora aplicando sus estimaciones de inflación mensual, sus cotizaciones de convenio anuales adecuadas para maximizar la pensión y minimizar el coste de las cuotas, etc., etc., etc.Espero haberle ayudado algo... no quería ser excesivamente técnico ni extenso en la respuesta.... disculpas si no acerté en mi objetivo.Un saludo