Puntualizar que creo que "dar entre 10-15% de dividendo anual" hay que leerlo sobre porcentaje de los posibles beneficios, no sobre posible cotización.
espero no te lo tomes mal... " mis gastos normales metiendo todo, ibi, seguro, luz, comida etc se quedan en menos de 400 euros"... casi diría que es imposible; pero en fin, solo felicitarte, de verdad.
Por lógica, la primera opción. Si ejerces es para tenerlas. Vamos, que al ejercer "cambias" la call por las acciones, y ahora haz lo que quieras con las acciones.
Para todos los que preguntáis sobre el famoso 8-3-6 de Doble Imposición...https://twitter.com/DivGro22/status/1608180777812131840Explicado paso a paso.Básicamente rellenáis el formulario "ojo, tal cual indica el ejemplo que os cuelgan en idioma español los propios de IB", y os hacéis digitalmente un certificado residencia fiscal.Problema que os encontraréis si lo hacéis por la plataforma y no por correo electrónico; solo deja subir un PDF y claro, si firmas el formulario no puedes juntarlo con el certificado de Hacienda. Solución: como este certificado se valida mediante Código de Validación, lo que tienes que hacer es rellenar el formulario y juntar los 2 pdfs antes de firmar el formulario. y Listo.
Creo recordar que con uno de los bancos que opero me salía cada vez que entraba el dichoso formulario, que tenia a medias; un dia hartado les llamé y me comentaron lo de la dichosa ley; el caso es que leyendome el escrito que me ponían para "obligarme" a contestar todo, me dí cuenta que la ley les obliga a hacer todo lo posible para obtener la información, no que esten obligados a obenerla; dicho de otra manera, les conteste que me lo pidieran por correo electronico, y les respondi los datos que creí necesitaban (los obligatorios) y no todos los que exigian (imagino para su big data jejeje), y les argumenté que tal y como decía la ley, ellos ya podian dar por finalizado el trámite por que ya habían cumplido, habían hecho todo lo posible para obtenerla.A día de hoy continuo operando sin tener todo el dichoso formulario cumplimentado.
Umm, en mi caso financié una parte con la financiera de VW; en mi caso no incluyen garantias ni revisiones periodicas, pero si existe una cláusul en el contrato con la financiera de que en caso de amortizar antes del mes X (no recuerdo cual) estoy obligados a devolverles el importe del descuento que me dieron al financiarlo con ellos.Dicho de otro modo: podia comprarlo en metalico o financiarlo con cualquier otro a un precio XXX, pero me descontaron por ejemplo 2.000€ por financiarlo con la financiera de su grupo; puedo amortizar cuando me da la gana con su % de penalización (creo un 1 o 2% segun plazo), pero si lo hago antes de un plazo (2 o 3 años no recuerdo bien) tengo que devolver dicho descuento.Por si preguntáis, estuve haciendo numeros con otras finanieras y bancos, y precisamente juegan con ese desuento para que te salga mejor con ellos, siempre y cuando no dejes finalizar el prestamo; tienes que amortizar justo el día pasado el plazo de devolver el descuento (si dejas consumir todo el tiempo evidentemente sale mejor con otro banco)
ole tu, peazo respuesta... que no es legal... en fin.... legal siempre que no la difundas publicamente, y si la utilizas para demostrar la veracidad de tus afirmaciones por ejemplo en un juicio. O sea que te la guardas y si la necesitas en temas legales, pues eso.
Y por que que crees que son compradas las calls?... si son vendidas, y tienes en cuenta que en estos casos de OPAs la acción una vez pegada la subida por la noticia, se queda un tiempo oscilando entre un 2-3% por abajo.... haz el numerito ;-)
Vamos a ver pues, si se hacer el numerito...
Primero, por un lado tendré la prima, digamos X si vendo la call. Lo que tengo que comprobar es que X sea menor al diferencial entre el strike de la call y el precio a que vendría la accion despues del cobro del dividendo (estimación pura, pero partiría de la cotizacion actual supongo), y sumarle el dividendo. Si es inferior entonces el comprado le podría interesar ejercer.
Segundo, al tener que "estimar" el precio de venta pasado el cobro del dividendo, veo que influirá y mucho que quede poco para el cobro del dividendo; digamos 1-2 semanas. Ejecutarlo antes me parece una tonteria, pues la cotización puede variar un monton... Como mucho, podemos suponer que si falta poco, algo si que se revalorizará la cotización hasta el día de cobro por los que busquen el dividendo.
Tambien puede ser que le interese mantenerlas, pero allí ya no se como valorarlo... El kit creo es que el dividendo sea superior a la parte temporal de la prima.
nuse...
Perdón por meterme por en medio, pero tengo una consulta; que posibilidades hay de que me ejerzan una call vendida estando ITM?
por ejemplo, que este ITM entre un 20-25% y encima antes del vencimiento dé un dividendo equivalente al 2-4%. Es por que si son elevadas, como mi operativa esta pensada para ir a vencimiento (con algún que otro ajuste) pues podrían tirármela si me ejecutaran antes de cobrar dividendos, haciendome una faenita...
Igual entonces me interesa más operar la pata de call vendida con opciones europeas y no americanas aunque pierdas algo de prima.
Saludos.
Estimado desde el punto de vista de contratista; El cemento impreso te costará unos 30€/m2 de ejecución, a lo que hay que sumar el material. Este dato lo obtengo de multiplicar x2 el precio habitual de "contratista", e igual me quedo corto. Ojo, hablo de hormigón impreso.
Así a capón, cuenta unos 120€/m3 de hormigón, y si haces base granular unos 30-40€/m3 de base. Si has de colocar geotextil o lámina súmale 1-2€/m2. El grosor del pavimento cuenta 10cm, en función de la base del pavimento y el uso.
Ejecución? teniendo en cuenta un trabajo para particular, unos 80-100m2/día, pero solo la ejecución (si hay que demoler o preparar base, añádelo).
Posiblemente salga más barato, pero es el número que me haría para presupuestarlo.
Y no se puede aplicar en estos casos lo mismo que pasa con servicios como el agua?, no es norma de los servicios?
por lo que tengo entendido, en caso de fuga o algún problema con el agua general o saneamiento, tu presentas queja o denuncia, y son ellos que tienen que demostrar que tu eres culpable (con tu me refiero a la parte privada de la red) y no que tu eres inocente ante su denuncia.
Entiendo que argumentar que el precinto está roto no es suficiente culpabilidad...
dos opciones:
1.- un soft en el propio pen/disco; ventajas: no dependes de que esté instalado en los pc donde lo pongas. Inconvenientes: según cual no funcionará si por ejemplo lo conectas a un pc con linux (podría saltársela si no es del tipo encriptado del medio)
2.- Encriptado del medio y acceso desde un soft instalado en el pc; ventajas: muy seguro (tipo truetype); desventajas: necesitas que este instalado en los pc que utilices (pero por ejemplo truetype está en win/linux...)
para mi mejor la opción 2 (más que nada por que ahora mismo no conozco alguna aplicación a nivel de dispositivo multiplataforma, que podría haberla...)
buf... pues no te creas, ayer estaba mirando precisamente esto que comentas, aunque por encima, y aún me he liado más. Por ejemplo, lo miraba en estas 3 clases de un fondo:
PIMCO Funds: Global Investors Series plc Global Bond Fund E Acc EUR (Hdg)
PIMCO Funds: Global Investors Series plc Global Bond Fund E Inc USD
PIMCO Funds: Global Investors Series plc Global Bond Fund Inst Acc GBP (Hdg)
Teóricamente, el "base" es el USD; si me fijo en el EUR Hdg veo que en este caso no ha ganado/perdido lo mismo, aunque sea Hedged y no lo entiendo. En realidad ha ganado menos, que para mi sería precisamente lo que tendría que haber pasado si se apreciaba el € frente al $, y no al reves... que lio.
Pero viendo esto, yo creo que teniendo euros, si quiero aprovecharme de una revalorización de este frente al dollar, en este caso si pillara este fondo en su versión EUR Hdg conseguiría eso.... me mareo...
Después de leeros, como decía alguno, buenos argumentos en uno y otro sentido.
Así que sin ánimo de ofenderos, y como yo también he deshecho mi posición en dólares, retomo la pregunta inicial del post (ya que nos hemos ido por los "fundamentales" jejeje):
En caso de recuperación del euro, en que tipo de fondo habría que estar? igual puede ser una tontería, pero se me ocurre en uno en una divisa diferente al € pero cubierto sobre el dolar... no se si se explicarme...
por ejemplo: si soy un americano que quiero invertir en un fondo japones/ingles/suizo de renta fija pero cubriendo el efecto cambio moneda, buscaría uno que se cubra respecto al dolar... es correcto?
Francisco! una cosa sobre el etchart (lo pongo aquí por que no estoy registrado en el otro sitio....)
Me he fijado que lleva unos 5 días que al actualizar se "doblan" los días; 2 veces el 06/03/2015, 2 veces el 07/03/2015, ...
Curioso que por ejemplo en el índice no (ibex35), pero si en las acciones...
P.D.: no he actualizado por que no aprovecho el egregore... no se si es el motivo.
Un saludo.
jejeje... río por que no e quien fue el otro día (ni recuerdo si fue aquí...) que comento "... revisad los precios de entrada, por que con la variación del eurusd..."
Pues mira, que me ha dado por revisar... :-D
bueeeno... pagina 480 del folleto, resumen:
1.- se reparte/calcula inicialmente el nº de acciones equivalentes a 1500€ fijados en primer lugar al precio máximo (sea luego el fijado otro, es igual), o sea 1.500 / 55 = 27 acciones.
2.- si no se llega para dar 27, tienen la potestad de "coger" acciones del tramo Inversores Cualificados, siempre que este no resulte al final menor del 40% de la OPV (ojo, si quieren)
3.- en caso contrario hacen lo siguiente:
3.a.- lista alfabética de peticionarios empezando por la K (por que? ver explicación en pag 481 del pdf que es largo...)
3.b.- empiezan asignando las 27 acciones equivalentes
3.c.- que se acaban antes de llegar al final? pues los restantes se joden... fin.
3.d.- que llegan al final y sobran? pues el sobrante se reparten "proporcionalmente" entre todos...
Que si la demanda es aaaaalgo superior, puede ser que cojan del otro tramo para cubrir las 27 o las pedidas; pero si es bastante superior, si tu inicial es cercana por arriba de la K tendras 27; y sinó pues 0.
Nota: los que se planteen desde varias cuentas, si no lo hacen con "titulares" diferentes no conseguirán lo que buscan; al "ordenar alfabéticamente", antes agrupan por peticionarios; si pides 1500 x 2 desde 2 cuentas distintas pero a tu nombre, en la lista apareces como 1 petición de 3000€.
Ale...
Una pregunta: en caso de sobredemanda, el prorrateo es sobre lo que se pide de más de los 1500€ mínimos, o des de el primer € que has solicitado?
Ejemplo, si hay un prorrateo que haga que te toque solo el 25%, si has pedido 2000€ que serían: 500€ (25% del total) o 1625€ (1500 + 25% de lo restante)?
La pregunta es por que digamos que quiero pedir 3.000€ y haya prorrateo, en una de las maneras con pedir 1.500 desde 2 cuentas ya cubro, mientras que de la otra desde una solo basta, pero pidiendo igual 6000€... no se si me explico...