Buen día, Si se te ha dado de baja por falta de pago de las cuotas de dos meses consecutivos, puedes realizar la solicitud de reingreso dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de baja. Para ello, el Artículo 65 del Reglamento de la Ley del IMSS establece que: Para el caso de reingreso a la continuación voluntaria, el salario base de cotización será igual al que tenía registrado el asegurado al momento de la baja en la continuación voluntaria o un salario superior, sin exceder el límite máximo señalado en la Ley, debiendo cubrir las cuotas correspondientes al periodo comprendido entre la fecha de la baja y la de reingreso. Por tanto, al realizar la reincorporación, tu salario de cotización puede ser únicamente un salario superior al que tenías cuando se realizo la baja. Informarle tambíen que tenemos un post que hace referencia a las pensiones del IMSS: ¿Puedo pensionarme? IMSS: edad, requisitos y pasos Que pase un buen día!