Buenos dias muros! En primer lugar decirte que en caso de que la dieras de alta en el régimen general, tendrías que abonar al margen de su sueldo la cotización a la Seguridad Social que suele ser el 30% del sueldo bruto. Lo bueno es que con ello, en caso de que tuvieras que proceder al despido, tu hermana cobraría paro si ha cotizado más de 12 meses a la Seguridad Social. Darla de alta como autónoma te saldría mucho más beneficioso puesto que si fuera menor de 30 años y no hubiese sido dada de alta como autónoma en los cinco años anteriores y no contrata a trabajador por cuenta ajena, podría acojerse a la tarifa plana de los 50 euros mensuales (siendo 53,07 euros exactamente) durante los 6 primeros meses, pasando a ser 131,36 euros los siguientes 6 meses, y a 183,55 euros los siguientes 6 meses, beneficiándose de este modo de unas condiciones favorables durante un año y medio. Espero haber podido ayudarte. Un saludo!