A mí lo de la agencia de viajes me parece más que nada una maniobra publicitaria aprovechando el revuelo que está creando el bitcoin. Apuestan sobre seguro, porque saben que apenas nadie utiliza la moneda de manera habitual en sus compras, y que no van a facturar nada en bitcoins, así que no arriesgan su capital pero reciben una buena dosis de propaganda gratuita.
Ninguna empresa con dedos de frente aceptaría pagos en bitcoins con la volatilidad que tiene actualmente, es demasiado arriesgado para un negocio serio.
La forma de pago del dividendo elección no es nueva de este año, el Santander ya lleva varios ejercicios distribuyendo dividendos a través de ampliaciones de capital.
En cuanto a la venta, si tienes pensado vender porque ya cumpliste tu objetivo yo lo haría antes de que se produzca el pago, pues el precio de las acciones bajará por el pago de los dividendos, no creo que obtengas ningún beneficio extra por esperar más.
¿te parece que será positivo introducir el tapering poco a poco? ¿o piensas que sólo siembra desconfianza respecto hacia la evolución futura de la economía de EE.UU.?
yo si baja de los 100 euros empezaría a planteármelo seriamente, comprar un bitcoin y esperar a ver que pasa, total, tampoco sería una pérdida inasumible si las cosas se ponen feas, pero si se animan da para más de una cena
¿qué os parece la web CoinMap.org?
Sirve para encontrar allí donde se acepta el bitcoin como medio de pago. Al pinchar en la zona deseada el mapa se amplía ese lugar y se da una vista más cercana de la ciudad, distrito, e incluso, el establecimiento en el que aceptan los bitcoin.
Ahora ya no tenemos excusa para no encontrarle un uso útil a la moneda... jejej
Teóricamente no tienen nada que ver lo uno con lo otro, los derechos de suscripción son simplemente un derecho que tiene el poseedor de éstos a adquirir con preferencia nuevas acciones en una ampliación de capital. El accionista podrá venderlos o ejecutarlos y así obtener nuevas acciones.
Lo que pasa es que en el caso del Santander sí guardan relación, en cuanto a que el Santander no paga el dividendo al accionista de forma pecuniaria, sino que lleva a cabo una ampliación de capital con cargo a reservas, y le entrega a cada accionista los derechos que le correspondan en función del número de acciones que posea de la compañía.
Vamos, que paga en acciones, si el accionista prefiere dinero líquido, entonces tiene que vender los derechos que le corresponden.