Ya he hecho dos reclamos a la CMF contra Sinacofi, y me contestaron que no tienen dominio sobre las compañias de informes de deudores, pero las normas incluidas en el comentario previo dicen claramente que solo se deben informar deudas de bancos, esas normas son del SBIF. Tengo entendido que la SBIF se unio a la CMF y es por eso que escribi a la CMF. Supongo que tendre que aclararlo con ellos. Como lo escribi anteriormente: corregir datos en un historial de deudas no deberia ser tan onoroso.
Esta semana pedi un prestamo en Coopeuch y fui rechazada por el comentario de TDM. Pero la ejecutiva me dejo saber que (1) la deuda se cambio y ahora apararece ser de 45 UF en vez de 4.500 U y eso si es progreso. Ademas me informo (2) que nunca habia visto un comentario por una deuda de connectividad a la internet. La ley 19.602 que autorizo la creacion de la industria de informes de deudores prohibe comentarios sobre servicios basicos como el agua, electricidad y telefonos que era el metodo de comunicacion cuando se escribio la ley, pero ahora es telecomunicaciones. Me imagino que eso se necesita aclarar en la corte, si la prohibicion se extiende a telecomunicaciones. No se, ¿alguien sabe? Meses atras le escribi a mi Senador y Diputada y no me prestaron mucha atencion. They have bigger fish to fry.Pero leyendo comentarios en otros foros de esta plataforma me encontre con estas normas: https://www.cmfchile.cl/portal/principal/613/articles-28970_doc_pdf.pdf donde dice que lo unico que Siinacofi deberia reportar, si lo entiendo bien, por servir exclusivamente a las instituciones financieras son deudas de bancos. Esto da apoyo a lo que me comento la ejecutiva de Coopeuch y lo que lei de la ley 19.602. Esta ley no deberia exigir que un consumidor debiera hacer estos estudios tecnicos para borrar errores/fraude de sus informes comerciales. En EE.UU. solo se tiene que escribir un comentario en la pagina de Equifax para que se investigue el problema. La misma compañia tiene diferente politica en Chile, en Chile los que tienen proteccion no son los consumidores, son los comerciantes.
Disculpenme, no estaba consciente que no se pueden incluir los nombres de personas. Revise y no hay forma de corregir la publicacion, pero si quieren pueden tapar los nombres, les doy autorizacion.Ellos saben quien soy. Les he dicho y les he escrito a ellos todo lo que aparece en este comentario, pero no fue mi intencion violar las normas de la plataforma.
Mi recomendacion: primero que todo consigue tu informe comercial de DiCom y de la CMF para ver que aparece. Si hay un comentario de Ripley en esos informes les mandas los recibos de pagos. Ve si eso resuelve el problema. Si no, anda a un banco y solicita un credito. Si te dicen que no, que te digan exactamente el porque. Los bancos utilizan los datos de Sinacofi https://www.sinacofi.cl/y tienes que pedirle a ellos que cambien la info. Para mas informacion y direcciones:https://www.rankia.cl/foros/bancos-cajas/temas/5413668-companias-informes-comerciales-fiscalizacion-chile?page=1
Infortunadamente el problema se encuentra en Sinacofi, la subsidiaria de Equifax igual como Dicom, que infoma a la industria financiera. No hay nadie que fiscalize lo que hacen. La industria fue autorizada por la Ley 19.602 Sobre Protección de la Vida Privada y la unica manera que se puede corregir ese error es haciendole una demanda que demorara años. En mi caso yo pague todo lo que debia y aparece una deuda de 4.500 UF en mi informacion comercial y ellos reusan sacar la informacion. Si encontramos a mas victimas, tenemos que hacerle una demanda en conjunto. Yo estoy acumulando nombres. Me pueden escribir a [email protected]
La CMF me dirigio a la ley 18010 articulo 6 que dice "No se podra estipularse un interes que exceda el producto del capital respectivo y la cifra mayor entre: 1) 1,5 veces la tasa de interes corriente que rija al momento de la convencion, segun determine la Superintendencia para cada tipo de operacion de credito de dinero, y 2) la tasa de interes corriente que rija al momento de la convencion incrementada en 2 puntos porcentuales anuales, ya sea que se pacte tasa fija o variable. Este limite de interes se denomina interes maximo convencional."Fabianeduardo, te agradesco tu comentario y contrate un abogado que tampoco parece entender el reglamento. Esto no esta claro en ninguna parte y me parece que con tal que sea asi, se presenta una oportunidad para el abuso. Mi banco afortunadamente me hizo una oferta muy razonable, pero esto no debe quedar en el aire, necesita aclararse, porque todos los empleados de banco no son razonables.
Una parte muy importante para salir del castigo es revisar las cuentas para negociar un mejor convenio con el banco. Cuando hice eso, me di cuenta de que alrededor del 15% de los datos tenían errores y el interés en mis tarjetas de crédito subieron al 14.50% MENSUAL en una instancia y cantidades menores sobre lo que aparece en el contrato en otras instancias. El banco corrigió los datos antes de ofrecerme una salida, pero yo perdí la confianza y quiero revisar todo de todo.
En Chile existe la tasa de interés máxima convencional https://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/InfoFinanciera?indice=4.2.1&FECHA=1/1/2019, y mi pregunta es la siguiente: ¿sobre qué cantidad se calcula esa tasa máxima? ¿Es un promedio por la vida de la cuenta? ¿Es por eso por lo que disparo el interés cuando se preparan para castigar la cuenta?