Prohibición de la ventas atadas
Abro este hilo para informar a la gente que cuando acudimos a una Institución financiera o de consumo, no nos pueden obligar a contratar otros productos o servicios asociados al producto origen de la compra. Todo lo que nos ofrezcan deben contratarse por separado y siempre se deben de comprar de forma voluntaria.
Por ejemplo si al cotizar un crédito nos quieren obligar a contratar un seguro de vida asociado a él, podemos cotizar ese en otras entidades y si nos interesa contratarlo en otro sitio, no nos pueden obligar a realizar una venta atada. Mas información en el SERNAC.