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Creditos CORFO para estudiantes
Es un financiamiento que CORFO entrega a los bancos para que éstos otorguen créditos a estudiantes nacionales o extranjeros residentes de Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, con el fin de cubrir los gastos de matrícula y arancel, más un margen adicional de hasta 20% para otros gastos.
Los créditos son otorgados en unidades de fomento y aprobados por los bancos individualmente para las necesidades de cada año académico. También los bancos pueden entregar el financiamiento, bajo la modalidad de una “línea de crédito” por un monto equivalente a las necesidades de toda la carrera o de los años que le resten al estudiante por cursar. Cubre los gastos de matrícula y arancel, más un margen adicional de hasta 20% para otros gastos vinculados directamente con esos estudios y con el crédito.
El monto máximo anual del financiamiento de CORFO es de UF 150 y no puede exceder el valor de la matrícula y del arancel correspondiente al año a cursar, más un margen adicional de hasta 20% para otros gastos relacionados directamente con sus estudios y con el crédito. La decisión de prestar este monto adicional de 20% depende de cada banco.
Por una sola vez, el banco puede otorgar, adicionalmente al crédito anual, un crédito de hasta UF 150 destinado a pagar deudas anteriores que tenga el alumno con el establecimiento educacional.
El plazo de pago es hasta un plazo máximo de 15 años, incluidos eventuales períodos de gracia que conceda el banco para el pago de capital e intereses. Si se trata de una “línea de crédito” que cubre varios años de estudio, el plazo de hasta 15 años rige a contar del último desembolso efectuado en el marco de la línea.
En todo caso, el banco determinará en cada situación, y de común acuerdo con el cliente, los plazos totales y el período de gracia adecuado.
Los créditos son otorgados por los bancos a una tasa de interés que no puede exceder la máxima autorizada por CORFO.
El monto del crédito destinado a matrícula y aranceles debe ser pagado por el banco directamente al establecimiento educacional. El monto correspondiente al margen adicional de hasta 20% será desembolsado por el banco al deudor o estudiante beneficiario del crédito, en la forma que convengan entre sí.