El cheque es un título a través del cuál se autoriza a una persona a retirar dinero de una cuenta, sin necesidad de que éste sea titular de la misma. En este artículo vamos a conocer si es posible cobrar un cheque a nombre de otra persona y cómo podemos hacerlo.
¿Qué es un cheque?
Un cheque es un documento contable de valor que le permite a una persona ser autorizada a cobrar y extraer dinero de una cuenta (por el titular), además de extenderle a otra persona una autorización para retirar cierto monto de dinero de su cuenta, figurando en dicho documento, sin la necesidad del titular de la cuenta bancaria.
Por lo que el cheque es un título de valor a la orden o al portador y mediante el cual una persona "librador", ordena a una institución de crédito pagar a la vista una suma de dinero en favor de una tercera persona, la que se denomina como "beneficiario".
Un cheque es una orden de pago puesta por escrito que permite a la persona que lo recibe cobrar una cierta cantidad de dinero que está estipulada en el documento y que debe estar disponible en la cuenta bancaria de quien lo emite. En función del nivel de resguardo que desee tomar el girador del cheque, existen distintos tipos de cheque: al portador, a la orden, nominativo y cruzado.
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¿Puedo cobrar un cheque a nombre de otra persona?
Es posible cobrar un cheque a nombre de otra persona mediante lo que se conoce como endoso.
Un cheque endosado es un documento que se traspasa a una persona diferente del titular original para que ésta lo cobre. Un cheque se endosa, por tanto, con el objetivo de traspasar el dominio y poder de cobro de una persona a otra.
Características del endoso
Los cheques endosados cuentan con las siguientes características:
- Implica que el cheque es transferido a un tercero para que sea cobrado por una persona distinta de la especificada originalmente.
- Pueden ser reendosados, es decir, puede endosarse el mismo cheque en más de una ocasión.
- Los cheques nominativos, que son aquellos que van destinados exclusivamente para el beneficiario nombrado en el cheque, no son endosables.
¿Cómo se endosa un cheque?
El endoso del cheque se realiza poniendo, el beneficiario original del mismo, su firma en el reverso del cheque. De esta forma, el beneficiario lo transfiere en dominio, lo entrega en cobro o lo constituye en prenda.
- El endoso debe ser realizado siempre por la misma persona que lo ha recibido como beneficiario.
- Cuando sea una empresa quien extiende el cheque, se debe completar el endoso con la expresión "por poder" o "p.p.", indicando también el nombre de la empresa, institución o corporación hacia quien va dirigido.
Reendosar un cheque
El reendoso sigue la misma estructura, se firma también en la parte posterior del cheque, bajo la firma o las firmas ya existentes.
Según la naturaleza del cheque, se podrá cobrar en caja o depositarse en la cuenta corriente. En el caso de que el cheque se deposite en la cuenta corriente, se debe firmar en el reverso y es, también indispensable, que se agregue el número de cuenta junto a la firma.
Ten en cuenta que la autenticidad de la firma colocada en un endoso es materialmente imposible que pueda controlarse. Por este motivo, ningún banco puede responsabilizarse por endosos falsificados.
Tipos de Cheques
Existen diferentes tipos de cheques como pt, nominativo, a la shet o al portador. Como los siguientes:
- Cheque PT: solo puede cobrarlo la persona indicada en el cheque, puede ser una persona física o jurídica.
- Cheque Nominativo: sólo, puede ser cobrado por el beneficiario indicado, si bien puede entregarlo en pago a otra persona, debiendo escribir la firma en el dorso del cheque -lo que sería un cheque endosado-. Cualquier persona puede cobrarlo como si fuera al portador.
- Cheque al Portador: sólo lo puede cobrar cualquier persona que sea portadora del cheque. En ciertos países la legislación permite solamente cheques nominativos, siendo emitidos a nombre o a favor de determinada persona. El monto a pagar se escribe dos veces, una en números y con letras, y en ambos casos con símbolos #50,00# € y no $50,00, es una forma que nadie incluya un monto mayor al monto original, como agregarle para cobrar $500,00, cuando el monto a cobrar fuera $50,00.
- Cheque Cruzado: el dinero debe cobrarlo mediante una entidad bancaria que intermedie, y no podrá retirar el efectivo, excepto que el cobrador sea la misma que libra el cheque. Debiendo incluir la cláusula “para abono en cuenta” lo que no puede ser cobrado en efectivo, debiendo ser abonado en la cuenta del portador.
- Cheque Certificado / Conformado: El librado exige al librador que certifique el cheque para constar que dispone de fondos para cubrir el cheque. Debiendo escribir “acepto” “clavo visto” o “bueno” escritas por el banco que emite el cheque y firmada por el librador.
- Cheque de Caja o Cheque de Gerencia: este es un cheque expedido por una institución de crédito a sus dependencias. Aporta garantía y no tiene fecha de caducidad. Puede equivaler a dinero efectivo, el valor se retira de la cuenta del pagador en la fecha de expedición en vez de la fecha de cobro, siendo el librador el director de la oficina bancaria. En países como España y otros países se llama cheque bancario, lo que algunos señalan que está mal, debido a que de por sí todos los cheques son bancarios, lo que puede generar errores de interpretación.
- Cheques de Viajero: Son cheques expedidos por instituciones de crédito a su propio cargo y pagaderos por parte de otro de sus establecimientos en el país o en el extranjero. Son los llamados "traveller's check", en inglés.
- Cheque Cancelatorio: En ciertos países como la ley de Antievasión fiscal de la República Argentina, todos los pagos superiores a $1000-monto que un gobierno puede modificar o no- se realiza por otros medio que no sea en efectivo. Por lo que se creó la figura jurídica del cheque cancelatorio para las personas sin cuentas corrientes y no tengan el pacto de cheques para emitirlos, pueden hacer pagos con el cheque cancelatorio, mediante una entidad financiera o un banco en el que acceden a dicho medio de pago. Este tipo de cheques dispone de efecto pro-soluvo (no los que son prosolvente al presentarlo para cobrar, con solo recibir el cheque alcanza.
- Cheque de Pago Diferido: Tiene carácter de orden de pago librada contra un banco, el librador, a la fecha de presentación que figura en el cheque, deberá contar con fondos depositados a su orden en la cuenta corriente bancaria. Como ven existen muy diverso tipo de cheques, lo que dependerá del país en el que vivan, quizás existan versiones similares de estos cheques con otro nombre.
¿Qué es el protesto de Cheques?
El Protestar un cheque, se trata de dejar una prueba que lo presentaron a cobro y no pagado por el banco, esto puede darse por diferentes motivos. Al quedar protestado el cheque debido a una o más motivos, el cheque no podrá pagarse.
Si bien la ley no especifica las situaciones que podrían generar la falta de pago. Pudiendo existir más de una causal de protesto por un mismo cheque, la normativa de la Comisión definió en un orden de prioridades que los bancos tendrán que respetar respecto al protesto de un cheque:
Causales por forma: El banco protesta un cheque por causales de forma si existe uno o más errores al emitir el cheque y es presentado a cobro por el beneficiario. Los errores más comunes son por:
- Disconformidad de firma
- Fecha inexistente
- Diferencia entre el monto del cheque indicado en cifras y el monto escrito en letras
- Otros motivos de forma.
La norma, indica que: "el cheque se protestará por estos motivos, si lo exige el portador o si se cobra por intermedio de otro banco, pero sin entrar a discriminar si se presenta a cobro dentro del plazo de vigencia, si hay orden de no pago del documento, si en la cuenta existen fondos suficientes o si ella está cerrada".
Causales por caducidad: Los cheques disponen de un plazo para presentarlos a cobrar, si los plazos vencen el banco debe protestarlos por caducidad, el portador del cheque librado contra un banco en el país, debe presentarlo a cobro en el plazo contado desde su fecha de expedición.
Para definir el plazo a un cheque deben considerar son: la oficina sobre la cual fue girado, aquélla donde abrieron la cuenta corriente bancaria, y en que fue girado el cheque, sin importar la oficina en que lo presentan a cobro el documento. Si el cheque no indica el lugar de giro se presume extendido en la plaza en que funcione la oficina sobre la cual fue girado.
Causales por orden de no pago: El cheque es una orden de pago, siendo un mandato para el Banco librado, dicha orden puede ser revocable. El Banco debe No pagar el cheque sí se ordena la persona que emitió el cheque.
El banco debe cumplir la orden, sin verificar el motivo para No pagar ni revisar si la cuenta tiene o no de fondos para pagar, Aunque de decirles los motivos, el banco deberá indicarlo en el acta de protesto.
Aunque, a pesar de las circunstancias no impiden el cobro del cheque al girador del cheque, vía acciones judiciales que el beneficiario o tenedor realice. Solo en el caso que el librador diera la orden de no pago por robo, hurto o extravío, la revocación del cheque constituye delito según la ley sobre el giro doloso de cheques siendo responsable de los perjuicios al beneficiario.
Causales por falta de fondos: El Banco revisará si la cuenta corriente tiene fondos para el pago total del monto y, verificará si la cuenta está abierta. Si no es así deberá protestar el cheque por falta de fondos o cuenta cerrada, lo que suceda.
Causales por cuenta cerrada: De no haber causales que impidan el pago del cheque, si el cheque está vigente y no fue revocado, el Banco además de evaluar si existen fondos y si alcanzan para desde la cuenta corriente pagar el monto total del cheque y, además, verificará si la cuenta está abierta. Si no lo está podrá protestar el cheque por falta de fondos y/o cuenta cerrada. Si una cuenta estuviera cerrada igual podría pagarse el cheque, ya que el Banco tiene la obligación de hacerlo si existen fondos en la cuenta corriente.
Como ves, es posible cobrar un cheque a nombre de otra persona, siempre que este lo haya endosado, es decir, lo haya firmado en la parte posterior del mismo. Recuerda que si tienes alguna pregunta o requieres de más información, puedes comentar a continuación y te responderemos encantados.