Al realizar las cotizaciones de los empleados en las Isapres o Fonasa, puede darse el caso de que se hayan generado pagos por encima de lo realmente vale la prima del plan de salud de la persona. ¿Qué pasa con este dinero extra? Estos son los que conocemos como excesos y excedentes de Isapres, y es un dinero que le pertenece por derecho al afiliado. En este post veremos cómo y cuándo cobrar los excedentes e Isapres.
Excesos y excedentes Isapres: ¿Cuál es la diferencia?
Antes de comenzar es necesario aclarar que existen los excesos y los excedentes, ambos son dineros extra que el afiliado ha cotizado por encima del precio de su prima sin saberlo y es un dinero que le pertenece por derecho. Para los afiliados de Isapres es común que se generen ambos tipos de dinero adicional por lo que es importante saber a qué se refiere cada uno.
La diferencia fundamental entre los excesos y los excedentes Isapres está en la forma de cobrar estos dos conceptos:
Los excesos
Son el resultado de la diferencia entre el dinero que recibe la Isapres por concepto de cotizaciones y la cotización legal (7%), ya sea por obtener remuneraciones adicionales o al tener dos empleos.
Los excesos se devuelven en forma de dinero en efectivo directamente a los afiliados, o a través de una transferencia bancaria una vez al año ya que es un dinero cotizado fuera del 7% obligatorio.
Los excedentes
Por su parte, los excedentes se generan cuando el afiliado tiene un plan de salud más barato que el que se le descuenta legalmente. Por ejemplo, su descuento legal es de 7% y este corresponde a 3UF, pero resulta que su plan de salud cuesta 2,7UF, esta diferencia le genera un excedente de 0,3UF por mes.
Este dinero, al formar parte de la cotización obligatoria del afiliado por lo que la primera instancia es para ser usados en forma de prestaciones y servicios médicos. Sin embargo, en diciembre de 2019 la Superintendencia de Salud dictaminó que todos los excedentes acumulados hasta el 31 de diciembre de 2019 deberán ser devueltos a los afiliados por las Isapres a más tardar hasta el 31 de marzo de 2020, por lo que si tienes saldos excedentes en tu Isapres que no hayas usado en alguna prestación o servicio médico, podrás cobrar tus excedentes en la Isapres o a través de la Superintendencia.
¿Cómo cobrar los excedentes de Isapres?
Como ya hemos visto, los excedentes de Isapres están dentro del 7% de cotización obligatoria y se generan cuando el plan de salud tiene un costo más bajo que este 7%. En el caso de los excedentes podrá cobrarlos haciendo uso de este sobrante en prestaciones de salud, tales como:
- Comprar bonos de atención médica,
- Pago de exámenes médicos,
- Financiar prestaciones de salud que no estén cubiertas en su plan,
- Pagar cuotas de préstamos en la Isapres,
- Pagar cotizaciones de cesantías,
- Cubrir copagos en prestaciones de salud,
- Financiar un plan de salud en la jubilación,
- Cubrir cotizaciones voluntarias,
- Comprar medicamentos en farmacias afiliadas.
Por su parte, la Superintendencia dio instrucciones a las Isapres, a través de la Circular IF/ Nº 344, sobre una nueva modalidad en la que los afiliados que tengan excedentes en las Isapres hasta el 31 de diciembre de 2019 y no las hayan usado en alguno de los conceptos mencionados, podrán cobrar dichos excedentes en la Isapres en forma de dinero en efectivo (si el excedente es menor de 0,08UF) o a través de transferencia bancaria, cheque nominativo o vale vista.
El afiliado recibirá un correo si se le ha expedido un cheque o vale vista en caso de que no haya proporcionado en su información una cuenta bancaria. Para todos los afiliados la devolución de sus excedentes Isapres será antes de finalizar marzo 2020, por lo que te recomendamos revisar tu cuenta personal para verificar tus excedentes y cobrarlos. Este procedimiento se comenzará a aplicar a partir de este año y en los posteriores.
¿Cómo cobrar los excesos de Isapres?
En el caso de los excesos, el afiliado podrá cobrarlos a la Isapres en cualquiera de estas tres modalidades:
- Devolución directa: Puede solicitar la devolución de sus excesos a través de la página web de la Isapre o en las sucursales.
- Devolución mensual: Para aquellos afiliados que hayan informado una cuenta bancaria en su información, podrán solicitar que los excesos sean transferidos a dicha cuenta mensualmente.
- Devolución semestral: De igual forma, para quienes tengan cuenta bancaria podrán solicitar la devolución de sus excesos Isapres por transferencia bancaria de forma semestral, las cuales se harán los días 30 de septiembre y 30 de marzo.
El cobro de los excesos también podrás hacerlo a través de la página de la Superintendencia de Salud > Trámites y Servicios > Personas > Excesos. Solo debes hacer clic en “Realizar en línea”, acceder con tu usuario y clave de seguridad y luego clic en Consultar.
Al hacer esto, se realizará automáticamente la solicitud de cobro de tus excesos y la Superintendencia notificará a la Isapres, tras lo cual el afiliado podrá contactarse con la Isapres para determinar la forma de pago de su dinero.
¿Cuándo cobrar los excedentes de Isapres?
La Superintendencia de Salud indicó que el plazo para devolver los excedentes de los afiliados Isapres acumulados hasta el 31 de diciembre de 2019 es hasta el 31 de marzo de 2020, por lo que debes verificar la fecha que te corresponda cobrar tus excedentes Isapres en cualquiera de las modalidades disponibles:
- Si tu excedente es menor a 0,08 UF podrás cobrarlo directamente en una sucursal de tu Isapre en forma de dinero en efectivo.
- Si tu excedente es mayor a 0,08UF podrás recibirlo por transferencia bancaria en la cuenta que hayas registrado en tu información. De no tener cuenta se te expedirá un cheque o vale a la vista y podrás retirarlo en la sucursal Isapre más cercana a tu domicilio.
No es necesario hacer ninguna solicitud de los excedentes de Isapres ya que estos son los encargados de notificar la devolución a los afiliados de forma automática.
Calendario de devolución de excedentes Isapres 2020
Las fechas correspondientes al pago de los excedentes Isapres este 2020 son:
Isapre | Fecha |
Banmédica | 6 de marzo 2020 |
Vida Tres | 6 de marzo 2020 |
Cruz Blanca | 20 de marzo 2020 |
Consalud | 26 de marzo 2020 |
Nueva Masvida | 31 de marzo 2020 |
Colnena | 31 de marzo 2020 |
En resumen, a partir de este año los afiliados podrán cobrar los excedentes de Isapres en dinero efectivo o transferencia bancaria acumulados hasta el 31 de diciembre de 2019, en caso de no haberlos usado en alguna prestación de salud, modalidad que aún se encontrará vigente para los afiliados que lo requieran.