Informa Hecho Esencial.
De nuestra consideración:
Por medio de la presente, debidamente facultado al efecto y en virtud de lo dispuesto por el
artículo 9º e inciso segundo del artículo 10º de la Ley Nº 18.045, de Mercado de Valores, y
en la Norma de Carácter General N°30 de la Comisión para el Mercado Financiero (en
adelante la “Comisión”), comunico a usted en carácter de hecho esencial respecto de la
sociedad SMU S.A. (en adelante “SMU” o la “Sociedad”) inscrita bajo el N° 1.076 en el
Registro de Valores que lleva vuestra Comisión, sus negocios y sus valores, lo siguiente:
1. Tal como se informó mediante hecho esencial de fecha 27 de julio de 2021, SMU S.A. con
Inmobiliaria Santander S.A. (en adelante, “ISSA”), celebraron, con esa misma fecha, un
Contrato Marco vinculante para el arrendamiento de locales comerciales donde operaban
supermercados de la cadena Montserrat (en adelante el “Acuerdo”).
2. En el referido hecho esencial se informó que la Transacción se encontraba sujeta a una
serie de condiciones para su cierre, incluyendo, entre otras, la aprobación de la Transacción
por parte de las autoridades de competencia y la realización por parte de SMU de un due
diligence respecto de los locales comerciales de ISSA.
3. Habiéndose aprobado la Transacción por parte de las autoridades de competencia y
luego de haber concluido el proceso de due diligence, informamos a ud. que SMU e
ISSA han celebrado los contratos de arrendamiento correspondientes a 21 locales
comerciales, en los cuales operaban supermercados de la cadena Montserrat (en
adelante los “Contratos de Arrendamiento”).
4. De cumplirse los términos y condiciones establecidos en los Contratos de Arrendamiento,
ISSA hará entrega de los locales comerciales a SMU, de manera que se puedan iniciar los
trabajos de habilitación y demás que correspondan a fin de comenzar a operar los
supermercados respectivos. Asimismo, en la misma fecha en que se realice la entrega de cada
2
local comercial, SMU o una sociedad filial suscribirá un contrato de compraventa de los
bienes muebles ubicados al interior de cada local comercial.
5. Finalmente, comunicamos a Ud. que a esta fecha no es posible determinar con precisión
el impacto que los hechos informados mediante la presente comunicación pudieran tener en
los estados financieros de la Sociedad