Aumento del 10% para la Pensión Básica Solidaria (PBS)
La Presidenta de la nación, Michelle Bachelet, dio a conocer ayer jueves el proyecto de Ley de Presupuesto 2017, y anunció que con él aumentará en 10% la Pensión Básica y el Aporte Previsional Solidarios.
De acuerdo a la mandataria de Chile:
Propondré un proyecto de ley para que este aumento se haga efectivo a partir del 1º de Enero del próximo año. Así, más de 1 millón 300 mil personas que están en el pilar solidario, verán mejorado el aporte que hace el Estado a su pensión
Como hemos descrito en nuestra página, la Pensión Básica Solidaria (PBS) es un beneficio monetario mensual al que pueden acceder todas las personas que no tengan derecho a una pensión en algún régimen previsional mientras cumplan con los requisitos exigidos por ley.
Este beneficio contempla dos tipos de pensiones, ambos con un valor de $93.543: de vejez y de invalidez. Es decir, el aumento será de $9.354 llegando a $102.897.
Pensión Básica Solidaria de Vejez
Las personas que tienen derecho a este beneficio son los que tengan, al menos, 65 años de edad al momento de la solicitud e integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, lo cual significa que deben contar con un puntaje menor o igual a 1.206 puntos.
Además, deben acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de edad.
Finalmente, quienes hayan vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud. Al respecto, cabe destacar que el requisito de residencia podrá ser homologado a las personas que registren 20 años o más de cotizaciones en algún sistema previsional.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez
Quienes tienen acceso a este beneficios que entrega el Estado son las personas que tienen entre 18 y menos de 65 años de edad, no tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario de pensión de sobrevivencia, y hayan sido declaradas con invalidez por las Comisiones Médicas definidas en el Decreto Ley N°3.500.
También, aquellos que integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, lo cual significa que deben contar con un puntaje menor o igual a 1.206 puntos.
Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos (aplicable sólo a chilenos) podrán conmutar los años de exilio como residencia.
Álvaro JéldrezIngeniero ComercialPontificia Universidad Católica de Chile