Operación renta: Ley 21.133
Modificaciones que se hicieron con la operación renta del año 2019 |
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Operación renta 2024: ¿Cobertura total o parcial?
- Cobertura parcial: pensada para aquellos trabajadores independientes que no pueden destinar la totalidad de su devolución de impuesto a la cotización. Si no puedes destinar el total de tu retención de impuestos al pago de cotizaciones previsionales, podrás cotizar para pensiones y salud por una renta imponible menor, que corresponde al 37% de tu renta imponible.
Si estás afiliada o afiliado a una Isapre y el valor de tu plan es superior al monto que cotizaste parcialmente, deberás pagar mensualmente la diferencia en la ISAPRE respectiva. - Cobertura completa: En este caso, el trabajador independiente, cotizará el 100% sobre la base imponible, luego de destinar la totalidad de tu retención de impuestos a las cotizaciones para todos los regímenes de Seguridad Social.
Esta opción, por ejemplo, te permite recibir subsidios por incapacidad laboral (licencias médicas), ya sea por enfermedad común, pre y post natal, parental laboral o por enfermedad de un hijo o hija menor de un año, calculados por el total de su renta, manteniendo tu nivel de ingresos.
Operación renta 2024: ¿Quiénes deben declarar renta?
- Sus ingresos provienen, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la realización de solo una de las actividades económicas señaladas en el artículo 340 del Estatuto Tributario.
- Si has tenido más de un pagador
- Las personas que obtuvieron ingresos anuales superiores a $10.402.992, excepto si solo tuvieron un empleador o pagador.
- Trabajaste a honorarios y quieres realizar cotizaciones previsionales.
- Si pediste el Préstamo Solidario en 2020 o 2021
- Realizaste el 2.º retiro voluntario del 10% acumulado en tu AFP, según lo establecido en la ley 21.295 y tu ingreso tributable superior a 30 UTA.
Nuevos Regímenes Tributarios
Propyme General
Empresas:
- Acceso a una propuesta de Declaración Anual.
- Tasa de Impuesto de Primera Categoría (IDPC) reducida al 10%.
- De acuerdo a los ingresos percibidos y gastos pagados efectivamente, se determina la Renta Líquida (RL).
- Permite optar al incentivo de ahorro, con la rebaja del 50% de sus impuestos finales.
- Anticipar el IDPC de los propietarios de sus impuestos finales.
- Obligatorio presentar los Registros de Rentas empresariales (RRE).
- Tributación en base a Retiros, Remesas y Distribuciones (RRD), salvo que estos correspondan a Rentas de Tributación ya cumplidas.
- Posibilidad de imputación del 100% del crédito de IDPC, en contra de los Impuestos Finales (IF).
- La empresa registra el crédito por IDPC en el registro SAC.
Propyme Transparente
Empresas:
- Acceso a una propuesta de declaración anual.
- Determinación de una Base Imponible (BI) especial liberada del IDPC, considerando ingresos percibidos y gastos efectivamente pagados.
- Libre de llevar RRE, aplicar correcciones monetarias y entre otros, practicar inventarios.
- El tributo se realiza en base al porcentaje de participación en las utilidades de la empresa.
- Posibilidad de imputar créditos en contra de los IF.
Régimen General – Semi Integrado
Empresas:
- La tasa de IDPC es del 27%.
- La RL se determina considerado los ingresos devengados, costos y gastos, además se aplican las disposiciones del art. 21 de la LIR.
- Opción a rebaja del incentivo de ahorro.
- Puede anticipar el IDPC de los propietarios contribuyentes de IF.
- Obligatorio llevar RRE.
- Tributación en base RRD.
- Imputación parcial del crédito por IDPC en contra de los IF.
- Empresas registran el crédito por IDPC en el registro SAC.
- El pago obligatorio de cotizaciones para trabajadoras y trabajadores independientes que emiten boletas a honorarios (sin posibilidad de renuncia) comenzó en la Operación Renta del año 2019. Los primeros trabajadores bajo este régimen, empezaron a recibir cobertura en seguridad social a partir del 1º de julio del mismo año.
- La cotización obligatoria para estos trabajadores, da acceso a todos los beneficios de la seguridad social, asegurándoles la misma protección con la que cuentan los trabajadores dependientes.
- En la Operación Renta del año 2024, para los contribuyentes que optaran por la Cobertura Parcial, el cálculo de las cotizaciones previsionales de Salud y Pensiones se haría sobre el 47% de la base imponible.
- El porcentaje de cotización parcial se irá incrementando cada año, hasta la Operación Renta 2028, cuando ya no existirá la posibilidad de optar por cobertura parcial.
- Al pagar las cotizaciones y una vez enviada y aprobada la declaración de Renta, estarás cubierto por un año, desde julio de 2024 a junio de 2025.
- Si boleteas solo algunos meses del año, obtendrás cobertura, pues el pago que se realiza en la Operación Renta, cubre desde el 1 de julio de 2024 y hasta 30 de junio de 2025 (en la operación de renta del año 2024).