La operación renta es la declaración de renta anual, es obligatoria y debe ser presentada por todas aquellas personas naturales que emitan boletas a terceros dentro del territorio de Chile, y empresas que deben cumplir con sus obligaciones tributarias. En esta operación deben declararse todos los ingresos del año tributario en cuestión y pagarse los impuestos pertinentes y obligatorios. Hay que mencionar, eso sí, que existe la posibilidad de que dicho pago salga a devolver en la operación de devolución de impuestos del año siguiente.
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: ¿Que se necesita para tramitar una devolución?
Todos los contribuyentes que realicen su declaración a la renta anual tienen la posibilidad de acceder a una devolución de los valores retenidos, una vez se hayan cubierto deudas fiscales morosas o retenciones de otro tipo, estas se encuentren regularizadas con la declaración de las rentas percibidas por el contribuyente durante el año calendario anterior y habiendo hecho esto, quede un saldo a favor.
Para hacer el trámite es necesario:
- Haber realizado la de declaración de impuesto a la renta.
- Debe contar con clave tributaria, ClaveÚnica o clave TGR para poder realizar la consulta online.
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: Como consultar sobre el trámite?
Ahora bien, el trámite de consulta se puede realizar en línea, siguiendo estos pasos:
- Ingresar a través de la página del SII
- Hacer clic en "ir al trámite en línea"
- Una vez se haya ingresado con la clave, deberás buscar en el menú, la opción "beneficios y devoluciones".
- Una vez allí, tienes que seleccionar la opción "consultas" y luego clic en "consulta renta", luego debes ingresar tu clave tributaria, clave única o TGR.
- Al haber ingresado de esta forma, podrás revisar si eres beneficiario de la devolución.
Si deseas hacer la consulta en oficina, debes acercarte a la Oficina de la Tesorería General de la República de Chile y solicitar un turno con asesor; una vez estés con el asesor, tienes que explicarle cuál es el motivo de la visita (solicitar pago de la devolución del impuesto a la renta). Recuerda que en caso de ser beneficiario de esta devolución, el pago será depositado en la cuenta bancaria o por medio de un cheque al domicilio particular.
Sobre el proceso de pago, te hablaremos más adelante
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: Pasos para declarar operación renta.
Se debe ingresar a la página del servicio de impuestos internos, luego en el menú renta escoger la opción "declarar renta". Ahí debe verificarse la información personal y completar los siguientes formularios:
- Cálculo de cotizaciones: deberán completarla únicamente los contribuyentes que deben reliquidar.
- Información para declarar la renta: el contribuyente debe verificar su información personal, y que los agentes retenedores sean los que deben ser.
- Llenado parcial de la declaración: El SII pone a disposición y da a conocer el valor de los códigos necesarios para llenar el formulario F22. Si el contribuyente quiere puede traspasar esta información a su propia declaración y, de esta forma, hacer más sencilla su propia declaración.
- Transferencia hecha por software externo: calculan y hacen la declaración de manera independiente.
- Formulario electrónico: se utiliza un formulario virtual, el cual facilita la operación. Se puede llenar en el computador y ser enviado inmediatamente.
- Presentación vía smartphone: existe una versión portátil del SII, mediante dispositivos inteligentes (smartphones y tablets).
- Presentación en papel: por este medio, únicamente los que resulten de pago de impuestos. Los que no resulten de pago de impuestos, deberán presentar su declaración mediante pago electrónico vía internet.
Si quieres profundizar en los Pasos para realizar la Operación Renta, visita este artículo.
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: Medios de declaración de la operación renta.
- Pago en línea: Se puede efectuar de dos formas, mediante cuenta corriente o mediante pago con tarjeta de crédito. La primera opción te permitirá seleccionar la institución financiera con la cual deseas pagar. Cuando efectúes el pago, automáticamente se ingresará a la página web de la institución seleccionada. Una vez ahí, solicitarán los datos, y una vez ingresados, se efectuará el pago. La segunda opción es similar, se te cobrará de manera normal, pero los cargos asociados por correcciones, o por estar fuera de plazo, se efectuarán el mismo día en que se haga la transacción.
- Pago electrónico mediante orden de pago: Este medio no es en línea y se emite con orden de pago a la institución financiera. Se demora cerca de 48 horas. Cuando el pago se haga efectivo, recibirás el comprobante de recepción de la declaración de renta. Este método sirve para pagos dentro o fuera de plazo, y para correcciones que conlleven intereses o multas.
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: ¿Quiénes quedan exentos de la operación renta?
- Las personas naturales que durante el año tributario no hayan recibido renta igual o inferior a $7.609.464. (Siempre que este monto no sea modificado)
- Trabajadores dependientes, jubilados o cualquier persona natural que esté afectada al impuesto de segunda categoría, que no tengan sueldo aparte del que obtiene de su empleador y que no tengan que reliquidar los impuestos pagados por recibir más de un sueldo o rentas de diferentes empleadores.
- Pequeños comerciantes que ejerzan su actividad en la vía pública, como suplementeros, y cualquier actividad que genere una renta pequeña.
Segundo retiro AFP: tramos de rentas a pagar impuestos
- El retiro se considerará renta y deberá pagarse en la Operación Renta de Abril de 2024, si realizaron el retiro en Diciembre 2023.
- Si realizan el retiro en 2023, será en la Operación de 2024.
Toda aquella persona que registre ingresos entre $700 mil y $1,5 millones y decida retirar su 10%, no pagará impuestos, a partir de dicha exención tributaria. A partir de haberse aprobado el proyecto de segundo retiro del fondo AFOo, los impuestos se aplicarían así:
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: Plazos para presentar la operación renta
Para que nuestra declaración renta 2024, es decir, los remanentes de lo que se ha pagado, salga a devolver a favor del contribuyente, es necesario conocer las fechas de pago y devolución, pues una depende de la otra. Aún no están confirmadas las fechas para la declaración renta 2024, pero se estima que sean similares a las del pasado año 2023:
1 de abril al 8 de abril |
20 de abril |
30 de mayo |
9 de abril al 27 de abril |
15 mayo |
30 de mayo |
28 de abril al 10 de mayo |
29 mayo |
30 de mayo |
¿Cómo hacer que me salga a devolver?: Medios por los que se realiza el pago
El pago de la devolución de impuesto a la renta se realiza por depósito en cuenta bancaria, pago por caja banco estado o cheque, el que se envía al domicilio tributario registrado en Tesorería General de la República.
Si el depósito es rechazado por el banco, se generará un pago por caja de BancoEstado o se emitirá un cheque, el que será enviado vía Correos de Chile al domicilio registrado del contribuyente. Si Correos de Chile no puede hacer entrega del cheque, el documento será devuelto a los 10 días a la Tesorería regional o provincial correspondiente. En este caso, la persona interesada debe ir a retirar su cheque a la oficina.
Para reclamos por retenciones de la devolución de renta, el contribuyente debe acudir, en primera instancia, al servicio público que informó la retención.
Preguntas frecuentes
Si recibí mi devolución, pero mi declaración tiene problemas ¿qué hago?
Si la devolución es autorizada por el SII, pero no la recibí ¿qué hago?
- Retenciones Judiciales
- Retenciones Judiciales Previsionales
- Retenciones de crédito universitario solidario o con aval del Estado
- Retenciones de instituciones de Salud
- Mandatos: un contribuyente le cede a otro su devolución de impuestos.
- Retención registro evasores (Evasores TranSantiago)
- Retención SENCE subsidio al empleo
- O también puede suceder que ustedes no hayan ingresado los datos de su cuenta bancaria o que los hayan ingresado con error:
-Si ingresaron los datos de la cuenta bancaria con error, en ese caso podrán cobrar la devolución en cajas de sucursales de ServiEstado (desde $1 hasta $1.500.000) y en Banco Estado (desde $1 hasta $3.000.000), a contar de las 12 horas del día hábil siguiente a la fecha en que Tesorería debió haber depositado en su cuenta bancaria.
¿Qué pasa si mi devolución no fue autorizada por el Servicio?, o ¿si se autorizó solo una parte?
- Si utilizaron la propuesta de declaración, puede que uno de los agentes retenedores, en forma posterior, haya cambiado la información.
- Solicitaron algún beneficio en la declaración y no cumplen con uno o más requisitos.
- La declaración presenta diferencias con la información disponible en el SII
- Tienen situaciones pendientes con el SII.
- El Servicio está realizando revisiones sobre la información aportada por ustedes o por terceros.
- Desde el 21 de Mayo acceden al detalle de su situación en la opción "Consulta Estado de Declaración" para autocorregir la declaración desde Junio.