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¿Qué es y cómo funciona la cuenta pública?

¿Qué es y cómo funciona la cuenta pública?

¿Qué es y cómo funciona la cuenta pública?. A continuación te respondemos de qué se trata la cuenta pública y sus diferentes características y para qué sirven.

¿Qué es y cómo funciona la cuenta pública?
¿Qué es y cómo funciona la cuenta pública?

¿Qué es y cómo funciona la cuenta pública?

¿Qué es la Cuenta Pública?. Las Cuentas Públicas Participativas se tratan de de espacios de diálogo abierto entre una parte que es la autoridad pública y los representantes de la Sociedad Civil y la ciudadanía en general, permitiendo a la autoridad pública poder cumplir con rendir cuenta anual de la gestión de políticas públicas, y a vez a los ciudadanos poder realizar un control social respecto a la Administración Pública.

Comisión para el Mercado Financiero (CMF): Cuenta Pública

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de forma anual lleva adelante el proceso de Cuenta Pública Participativa, cuya finalidad es la de informar a la ciudadanía respecto a la gestión realizada y a cambio obtener desde opiniones, comentarios, reclamos y sugerencias y con la posibilidad de una revisión de la ciudadanía y la corresponsabilidad social.

¿Cómo funciona la cuenta pública?

Para realizar desconcentradamente, la Comisión para el Mercado Financiero lo llevan adelante junto con las Secretarías Regionales Ministeriales, coordinadamente con la Unidad de Participación Ciudadana del Ministerio de Hacienda buscando facilitar la información.

  • En cuánto al proceso de rendición de cuentas públicas, el primer paso es elaborar un documento base "Informe de Cuenta Pública", y se realiza en base al Balance de Gestión Integral (BGI).
  • El informe dispondrá la información sobre los compromisos y la gestión de la CMF.
  • Finalmente el Consejo de la Sociedad Civil tendrá que dar su opinión sobre el informe, que deberá incluir:
  1. Políticas, planes y programas desarrollados
  2. Presupuestos
  3. Medidas tendientes al fortalecimiento de la Sociedad Civil
  4. Acciones que promuevan el respeto a la diversidad y la no discriminación arbitraria.
  5. Regulación
  6. Supervisión
  7. Protección al Inversionista y Asegurado
  8. Desafíos anuales
  9. Comentarios consignados por el Consejo de la Sociedad Civil

 

Opinión del Consejo de la Sociedad Civil

Previamente a publicar el informe, la Comisión para el Mercado Financiero deberá consultar la opinión al Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil, debiendo dejar su opinión en la versión final del texto de la Cuenta Pública.

Dicho documento será publicado figurando en la Plataforma de Atención a Inversionistas, Asegurados y público en general, y en la web institucional www.cmfchile.cl / Mientras que el Jefe de Servicio aprobará con una resolución el documento base de rendición de Cuenta Pública informando sobre el proceso y cronograma.

Ejecución presencial de la Cuenta Pública 

La Comisión para el Mercado Financiero realizará la Ejecución Presencial del proceso de Cuenta Pública Participativa así:

  • El Jefe de Servicio convocará con anticipación a la fecha fijada para realizar la rendición de cuentas a actores de la sociedad civil vinculados a la Comisión, aportando las materias a tratar en la jornada.
  • El desarrollo desconcentrado de la ejecución presencial, será mediante el proceso mencionado.
  • El proceso no puede llevar más allá del 15 de Abril del año siguiente al que se dará cuenta de dicho proceso.

Informe de Cuenta Pública: Ejecución virtual

En este caso los ciudadanos podrán participar desde el portal web de la CMF www.cmfchile.cl, el "Informe de Cuenta Pública" deberá figurar previo a iniciar la Ejecución Presencial. Y en la web deberán figurar las opiniones respecto al informe.

Informe de Cuenta Pública: Respuesta

Una vez sistematizadas las diferentes opiniones, reclamos y comentarios en las Ejecuciones Presenciales y Virtuales, lo siguiente es publicar una respuesta sistematizada sobre los principales planteamientos surgidos del proceso de Cuenta Pública.

La respuesta será publicada y al alcance de cualquier persona dentro de un plazo de no más allá de 45 días hábiles. Además debe ser comunicado lo más ampliamente posible en los medios que la Comisión decida. Además de disponer del Registro con toda la información de los procesos históricos de la Comisión.

 
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