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¿Qué es la Superintendencia de Pensiones en Chile?

¿Qué es la Superintendencia de Pensiones en Chile?

A continuación, se presentará relevante información sobre la Superintendencia de Pensiones, que es el organismo contralor que representa al Estado al interior del sistema de pensiones chileno.

Se trata de una entidad autónoma, cuya máxima autoridad es el Superintendente o Superintendenta. Se relaciona con el gobierno a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por intermedio de la Subsecretaría de Previsión Social.  Esta institución fiscalizadora nos proporciona información fundamental sobre, por ejemplo, la rentabilidad de los fondos de pensiones, pero, además, supervisa a las AFPs para que cumplan con la Ley.

Es pertinente mencionar que las definiciones estratégicas de las instituciones se actualizan generalmente tras períodos de entre 3 y 5 años. En dicho orden de cosas, las definiciones estratégicas para el período comprendido entre 2019 y 2022 plantean cuatro importantes objetivos para esta institución, los que, aun cuando pueden cambiar en el futuro, habitualmente se mantienen en lo medular:

Funciones de la Superintendencia de Pensiones

1.- Atención y orientación a las personas en materia previsional.

2.- Supervisión de las entidades y actores que componen el sistema de pensiones y seguro de cesantía, aplicando un enfoque basado en riesgo, instruyendo medidas correctivas y sancionando cuando corresponda.

3.- Regulación del funcionamiento del sistema de pensiones y seguro de cesantía, emisión y actualización de normativa y desarrollo de proyectos de ley.

4.- Elaboración y difusión de estadísticas, informes, bases de datos y estudios sobre el sistema de pensiones y seguro de cesantía.

Historia de la Superintendencia de Pensiones

La Superintendencia de Pensiones fue creada por la Ley 20.255 de marzo del 2008 como sucesora y continuadora legal de la Superintendencia de Administradora de Fondos de Pensiones, creada por el Decreto Ley N° 3.500, de 1980, que inició sus funciones a contar del 1° de mayo de 1981. Se rige por un estatuto orgánico contenido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 101 de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Su objetivo, en general, es la supervigilancia y control del Sistema de Pensiones Solidarias que administra el IPS o Instituto de Previsión Social, de las AFP y de las AFC. La estructura orgánica de la Superintendencia de Pensiones es la siguiente:

Superintendencia Pensiones

 

Entidades fiscalizadas 

Las entidades fiscalizadas por la Superintendencia de Pensiones son las siguientes:

Entidades relacionadas 

Algunas de las entidades relacionadas con la Superintendencia de Pensiones son:

  • Comisión Ergonómica Nacional (CEN): Creada por la Ley N°19.404 de 1995, es la entidad que está encargada de la calificación de una labor considerada como Trabajo Pesado.

  • Comisiones Médicas: Fueron creadas por el D.L. N° 3.500, de 1980 y se trata de las entidades encargadas de determinar la condición de invalidez de aquellas personas que, sin cumplir los requisitos de edad para obtener pensión de vejez, y como consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.

  • Consejo Técnico de Inversiones (CTI): fue creado por la reforma previsional de 2008, con el objetivo de efectuar informes, propuestas y pronunciamientos respecto de las inversiones de los fondos de pensiones, procurando el logro de una adecuada rentabilidad y seguridad para estos.

  • Comisión Clasificadora de Riesgo (CCR): Tiene el objetivo de aprobar, modificar o rechazar los proyectos de clasificación de los instrumentos de deuda en que podrían invertirse los fondos de pensiones, además de dar su aprobación a acciones de sociedades anónimas abiertas.

Estadísticas e Informes

La institución provee de información al sistema y a los cotizantes para que tomen la mejor decisión. Lo anterior ocurre para dar cumplimiento a un Producto Estratégico que tiene la institución, específicamente se trata de:  4.- Elaboración y difusión de estadísticas, informes, bases de datos y estudios sobre el sistema de pensiones y seguro de cesantía.

Así, contribuye a impulsar la transparencia sobre el sistema de pensiones. La Información que podemos encontrar es:

  • Sistema de Capitalización individual: afiliados, cotizaciones, pensionados y pago de pensiones, bonos de reconocimiento mensual, cuentas de ahorro voluntario y APV, cuentas de indemnización, estadísticas financieras de las AFP, etcétera.
  • Sistema de reparto: cotizantes, pensionados y convenios internacionales.

  • Sistema de Pensiones Solidarias: número de beneficiarios y montos pagados en el mes y número de solicitudes efectuadas en el mes.

  • Seguro de Cesantía: afiliados, cotizantes, beneficiarios, afiliados, cotizantes, beneficiarios, etcétera. 

Informes de Rentabilidad

Todos los meses la Superintendencia de Pensiones da a conocer las inversiones y rentabilidad de los fondos de pensiones. El formato de la rentabilidad de los fondos de pensiones es el siguiente:

  • Valor de los fondos de pensiones

  • Rentabilidad real de los fondos de pensiones

  • Rentabilidad nominal de los fondos de pensiones

  • Cartera de inversión de los fondos de pensiones al mes 

  • Distribución sectorial de las inversiones en acciones nacionales

  • Inversión de los fondos de pensiones en el extranjero

 

En Rankia también vamos actualizando cada mes la rentabilidad de los fondos de pensiones aquí.

Simulador de Pensiones

En su importante rol de entregar información a los cotizantes, la Superintendencia de Pensiones cuenta con un simulador, donde podremos conocer una estimación de nuestra pensión futura. En este simulador debemos dejar datos como: nombre, correo, edad, sexo, ahorro acumulado, fondo actual, remuneración mensual imponible, etcétera.

Después debemos seleccionar la pensión mensual deseada en el momento de la jubilación y los ahorros adicionales. También debemos seleccionar la edad de jubilación deseada. Y el siguiente paso es seleccionar nuestra estrategia de inversión: arriesgado, conservador, fondo actual, etcétera.

También vamos a incluir nuestras expectativas de inversión y APV y el número de meses al año que espera cotizar. Así como resultado nos dará los siguientes datos:

  • Pensión mensual esperada a los 65 años

  • Pensión escenario optimista

  • Pensión escenario pesimista

  • Pensión mensual deseada

  • Probabilidad de alcanzar la pensión deseada

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  1. en respuesta a Jriverav
    -
    Top 10
    #7
    01/12/20 16:41
    Hola!

    Esta no es la página de la Superintendencia. Las AFP estan facultadas para cobrar esa prima mensual. Para mas detalles, te aconsejo llamar a tu AFP e interiorizarte de eso y, en el caso que no te convenza la respuesta, puedes cambiar de AFP

    Saludos!}

  2. Nuevo
    #6
    30/11/20 10:44
    Estimados Sr. Superintendencia AFP..  Entiendo que las AFP cobran una comisión por sus servicios. mensualmente mi empleador deposita la Cotización Obligatoria y la parte correspondiente a la Comision. Sin embargo en mi cartola además del cargo por la comisión figura un cargo por Prima Mensual.  De donde sale ese cargo por prima mensual...? a que corresponde?  todo afiliado la paga?  en que parte de la ley esta señalado?  A quien puedo reclamar? 
  3. en respuesta a Julia Benavides
    -
    Top 10
    #5
    15/03/18 13:21

    Hola Julia, tienes toda la razón, las AFP deberían tener más flexibilidad para decidir donde invertir nuestro dinero.

  4. Nuevo
    #4
    14/03/18 16:03

    Si el dinero que tengo en la AFP es mío, ¿por qué no puedo decidir dónde deben invertir mis ahorros?, dado que me hacen responsable de la pérdida y no me permiten participar de las decisiones de inversión.
    Me faltan 2 años para jubilar y no quiero que sigan perdiendo mi dinero.

  5. en respuesta a Jsotocoya
    -
    Top 10
    #3
    01/03/18 13:28

    Hola, bienvenido a Rankia!

    Nosotros no somos las Superitendencia de pensiones pero puedes comentar todas las opiniones que tengas o dudas, y trataremos de ayudarte.

    Saludos!

  6. Nuevo
    #1
    28/02/18 21:50

    Señores de la super intendencia quisiera saber con que fin mandan a los afiliados que postulamos a una pension de invalidez a consultas con especialistas si no hacen caso de los diagnosticos medicos, Ni tampico respetan los porcentajes de invalidez que los medicos examinadores han otorgado. Hasta cuando se adueñan de nuestra plata. Sin mas que decir y con una rabia por lo ineficaces e inhumanos que son me despido.

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