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¿Cómo calcular mis cotizaciones? ¿Cuáles son los beneficios?

¿Cómo calcular mis cotizaciones? ¿Cuáles son los beneficios?

¿Cómo calcular mis cotizaciones? ¿Cuáles son los beneficios? Todos los trabajadores que nos encontramos afiliados al actual Sistema Previsional de AFP's tenemos la obligación de ahorrar mensualmente en nuestra Cuenta de Capitalización Individual. Indaguemos un poco sobre el pago de las cotizaciones y los beneficios asociados.

¿Cómo calcular mis cotizaciones? ¿Cuáles son los beneficios?

 

¿Cómo calcular mis cotizaciones?

Por ley fija la cotización previsional corresponde a un 10% de nuestra remuneración imponible o rentas mensuales, con un tope máximo de 74,3 UF (casi $2 millones), monto que es reajustado anualmente.

Cada Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) pone a nuestra disposición cuentas de capitalización individual, en las cuales se ahorran nuestras cotizaciones mensuales, que ellos a su vez invierten por cuenta de los afiliados con objeto de obtener una cierta rentabilidad. La parte de la remuneración y renta imponible destinada al pago de las cotizaciones previsionales, se encuentra exenta de impuesto a la renta.

El pago de las cotizaciones es responsabilidad del empleador para los trabajadores dependientes, y corre por cuenta del trabajador para los independientes. Adicionalmente se paga una comisión a la AFP por administrar nuestros fondos, lo que también se descuenta de nuestra renta bruta. Las comisiones de las AFP van desde 0,47% en la AFP Planvital a 1,54% en AFP Provida. Para saber más sobre las comisiones de las AFP's te recomiendo leer Comparativo AFPs: Capital, Habitat, Modelo, Planvital y Provida.

Además de la cotización previsional obligatoria, debes pagar la cotización de salud (Isapre o Fonasa), que corresponde a un 7% de tu renta imponible. Y en algunos casos, si estás con contrato indefinido, deberás cancelar adicionalmente el Seguro de Cesantía, que corresponde a un 0,6%.

¿Cuáles son los beneficios de las cotizaciones

Producto de cumplir con tus cotizaciones legales accedes a varios beneficios canalizados por el Instituto de Previsión Social (IPS), entre los cuales destacan:

  • Asignación Familiar.
  • Subsidio a la contratación de trabajadores jóvenes.
  • Subsidio a la cotización de trabajadores jóvenes.
  • Aporte Familiar Permanente.
  • Asignación Maternal.
  • Bono al Trabajo de la Mujer.

 

Beneficios de las cotizaciones: Asignación Familiar

La Asignación Familiar es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, para las personas que vivan a sus expensas o dependen de ellos y cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

 

Beneficios de las cotizaciones: Subsidio a la contratación de trabajadores jóvenes

Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, establecido por la Ley Nº 20.255 al que tienen derecho los empleadores desde octubre del 2008.

 

Beneficios de las cotizaciones: Subsidio a la cotización de trabajadores jóvenes

Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, establecido por la Ley Nº 20.255 al que pueden postular los trabajadores desde julio 2011.

 

Beneficios de las cotizaciones: Aporte Familiar Permanente

El Aporte Familiar Permanente es una cantidad de dinero (que se reajusta el 1 de marzo de cada año), que se entrega a las familias de menores ingresos.

Para 2015, el beneficio es de 41 mil 236 pesos, el que será entregado de la siguiente manera:

  1. Por carga familiar: se entrega este monto por cada carga familiar que al 31 de diciembre de 2014 haya dado derecho al cobro del monto del Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Asignación Maternal.
  2. Por familia: se entregará un monto de 41 mil 236 pesos por grupo familiar a aquellas familias que, al 31 de diciembre de 2014, hayan estado formando parte de los programas de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar)y Chile Solidario, aunque no hayan recibido transferencias monetarias por esta causa.

 

Beneficios de las cotizaciones: Asignación Maternal

Las trabajadoras embarazadas y los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas que sean causantes de Asignación Familiar, tienen derecho a una Asignación Maternal en un monto igual al de la asignación familiar, el que se pagará por todo el período de embarazo. El pago de esta Asignación se hace exigible a partir del 5º mes de embarazo, previa certificación médica, extendiéndose con efecto retroactivo por el período completo de gestación. Sólo se paga una Asignación Maternal, aún en el caso que el parto fuese múltiple.

Las pensionadas y las cónyuges de pensionados, no causan Asignación Maternal.              

 

Beneficios de las cotizaciones: Bono al trabajo de la mujer

El bono está dirigido a las mujeres trabajadoras, dependientes e independientes con sus cotizaciones al día. Para ser beneficiaria, debes tener entre 25 y 59 años, contar con Ficha de Protección Social y pertenecer al 40% socioeconómicamente más vulnerable de la población, reflejado en un puntaje de focalización inferior o igual a 113 puntos, lo que depende de tu puntaje de la Ficha de Protección Social y de los ingresos familiares por persona. El monto de este bono se calcula según tu nivel de ingresos y se pagará dos meses después de tu postulación.

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